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Afectado por el cartel de la leche Recupera lo que es tuyo

¿Afectado por el cártel de la leche? Recupera lo que es tuyo

¿Eres Ganadero y te has visto afectado por el cártel de la leche? En ABOGADOS VIGO10 te ayudamos a recuperar tu dinero y si no ganas, no cobramos.

¿QUÉ ES EL “CARTEL DE LA LECHE”?

Durante los años 2000 y 2013 un total de ocho empresas, y dos asociaciones del sector lácteo, aplicaron estrategias prohibidas para limitar la competencia en el mercado de aprovisionamiento de leche cruda e impedir a los ganaderos fijar sus propios precios. Es lo que se conoce como el Cártel de la Leche.

Una vez se descubrió la existencia de este Cartel, su conducta  ha sido sancionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en el expediente S/0425/12, imponiendo a dichas empresas multas por un total de 80,6 millones de euros.

¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR?

Todos aquellos ganaderos afectados por la manipulación a la baja de los precios, es decir todas aquellas personas físicas o jurídicas que durante los años 2000 y 2013 hubieran vendido leche cruda a las entidades sancionadas por pertenecer al Cártel de la leche:

  • Calidad Pascual, S.A. (antes Grupo Leche Pascual, S.A.)
  • Central Lechera de Galicia (CELEGA, S.L.)
  • Corporación Alimentaria Peñasanta, S.A.
  • Danone, S.A.
  • Grupo Lactalis Iberia, S.A.
  • Nestlé España, S.A.
  • Industrias Lácteas de Granada, S.L.U. (antes PULEVA FOOD, S.L.)
  • Schreiber Food España, S.L. (antes SENOBLE IBERICA, S.L.)
  • Asociación de Empresas Lácteas de Galicia, y,
  • Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña.

¿CUÁNTO PUEDO RECLAMAR?

Los ganaderos podrán reclamar el precio que dejaron de percibir a consecuencia de la manipulación de los precios por parte de las empresas lácteas. Conforme la resolución de la CNMC se estima superior al 12,5%, (aproximadamente unos 3 céntimos de euro por litro de leche) más los intereses devengados. No obstante esta es una cifra aproximada y deberá acreditarse caso por caso mediante un informe pericial cual fue el perjuicio concreto.

¿HASTA CUÁNDO PUEDO RECLAMAR?

El 11 de Julio de 2020 prescribe la acción para poder reclamar por daños y perjuicios, por eso es esencial interrumpir antes de esa fecha el plazo de prescripción mediante una reclamación extrajudicial. Una vez interrumpida la prescripción, el plazo de 1 AÑO de prescripción se reinicia.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR?

Lo primero es que se nos remita toda la documentación que acredite las ventas. Concretamente desde el año 2000 al 2013.

Realizaremos un estudio de la documentación, así como elaboraremos un informe pericial que cuantifique cuál fue el perjuicio económico que corresponde a cada afectado, e iniciaremos una reclamación extrajudicial contra las empresas sancionadas. De no obtener respuesta o ésta ser infructuosa, prepararemos e interpondremos la demanda.

ATENCIÓN: Es imprescindible recordar que en este tipo de reclamaciones  no es necesario demandar a las empresas a las que se les ha vendido la leche, pues la responsabilidad es solidaria y se puede ir contra cualquiera de ellas, pues la Ley entiende que todas han sido responsables al actuar de manera conjunta.

¿CUÁNTO TENDRÉ QUE PAGAR?

Sólo cuando recuperemos el dinero para nuestro cliente  percibiremos nuestros honorarios. SI NUESTRO CLIENTE NO  GANA, NO COBRAMOS.

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