En Abogados VIGO10 te explicamos las claves para poder reclamar una hipoteca con cláusula IRPH
Tras la avalancha de demandas relativas a la nulidad de cláusulas suelo y cláusulas de gastos hipotecarios, se presenta una nueva encrucijada para la banca a raíz de la sentencia de 3 de marzo de 2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que falló favorablemente a los consumidores, permitiendo la reclamación de cláusulas hipotecarias en las que se establecen tipos de interés fijados en base al IRPH por falta de transparencia en la contratación.
¿Qué es el IRPH?
El índice de referencia sobre préstamos hipotecarios o índice IRPH se utiliza como referencia para calcular los intereses en las hipotecas, en lugar de otros índices más conocidos como puede ser el Euribor.
Este índice siempre ha tenido la sospecha de ser manipulable y no muy transparente, porque si las entidades otorgan más préstamos a un interés más alto, el IRPH aumenta y viceversa, lo que sin duda se puede administrar con precisión milimétrica en interés de las entidades de crédito.
Se estima que en España las entidades de crédito han aplicado el IRPH en un millón de hipotecas, lo que aumenta el costo de los préstamos porque es varios puntos porcentuales más alto que el Euribor, ya que se calcula utilizando un promedio ponderado de intereses hipotecarios por tres años o más, en base a los datos proporcionados por la entidad al Banco de España.
¿Mi hipoteca tiene IRPH?
Para saberlo, debemos acudir a la escritura de préstamo hipotecario. En ella, debemos fijarnos en la cláusula de interés variable (habitualmente la cláusula tercera), y comprobar cuál es el índice aplicado, y el sustituto en caso de que el primero fuera declarado ilegal.
La fórmula empleada en las escrituras suele ser la siguiente: «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España»
Ya he comprobado que tengo IRPH ¿Cuál es la diferencia con el Euribor?
Según los últimos datos publicados por el Banco de España, el IRPH se situaba en febrero del 2020 en el 1,816%, mientras que el euríbor se quedaba en el -0,288%, lo que supone un diferencial del 2,104 %.
SegEste diferencial se ha mantenido estable a lo largo del tiempo por lo que puede suponer unos 100 euros al mes en una hipoteca a 20 años, con tipo de interés IRPH + 1 y con un capital pendiente de 100.000 euros.
¿Por qué el IRPH es ilegal?
No es que se haya declarado ilegal, sino que el TJUE ha confirmado que la cláusula IRPH no está exenta del control de transparencia y que por tanto, pudiendo ser una cláusula abusiva, los tribunales españoles deberán asegurarse en cada caso concreto del carácter claro y comprensible de las cláusulas IRPH.
En este sentido recuerda el TJUE que para cumplir con la exigencia de transparencia la cláusula IRPH no solo debe ser comprensible en un plano formal y gramatical, sino también permitir que el consumidor medio pueda comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo, y valorar las consecuencias económicas de dicha cláusula.
Además, establece que los bancos tienen la obligación de demostrar que entregaron a los clientes tablas o gráficas con la evolución pasada del IRPH. Algo parecido a la que podéis observar un poco más arriba.
¿Cuáles son las consecuencias de la nulidad de la cláusula?
La consecuencia de la nulidad de una cláusula conlleva su expulsión del contrato con retroactividad total, y esto significa que si la cláusula IRPH no supera el control de transparencia, el préstamo se quedará sin interés y ha recordado además que el juez tiene prohibido sustituir el IRPH por otro índice.
No obstante, como caso excepcional, el TJUE no se opone a que el juez nacional ofrezca al consumidor la opción de rescindir el contrato si por algún motivo el préstamo no pudiera pervivir sin interés. Y, si esto resultara perjudicial para el consumidor, tampoco se opone a que las partes acuerden un nuevo tipo de interés o, a falta de acuerdo, sea el juez quien lo establezca.
¿Qué tengo que hacer para poder reclamar mi dinero?
Lo primero es realizar una reclamación extrajudicial al banco y si resulta infructuosa interponer una demanda judicial. Lo esperable es que con la reclamación extrajudicial la entidad bancaria rehuse a atender el requerimiento, o trate de hacerle una oferta económica a la baja, por eso es imprescindible contar con el asesoramiento de abogados especialistas en derecho bancario. En Abogados VIGO10, estaremos encantados en asesorarle y ayudarle.
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