Parejas de hecho en Galicia y ciudadanos extranjeros
¿Sabías que tan solo por ser pareja de hecho podrás obtener casi todos los beneficios que aporta el matrimonio sin necesidad de casarte?
En España, si estás inscrito como pareja de hecho, podrás disfrutar de una serie de derechos que, por carácter general, están reservados a los matrimonios. De esta manera podrás acceder al derecho a la adopción, a la pensión de viudedad y a una serie de ventajas fiscales en el impuesto de sucesiones y donaciones.
Además, otra de las ventajas de inscribirse como pareja de hecho es la posibilidad de obtener el permiso de residencia en España si un miembro de la pareja es extranjero y el otro español. Si vives en Galicia, a continuación te explicamos todo lo que necesitas saber para conseguirlo.
¿Qué es una relación de pareja de hecho?
La pareja de hecho consiste en la convivencia pública y estable entre dos personas de distinto o igual sexo, con intereses comunes en desarrollar una vida familiar, pero que no han contraído matrimonio.
Según la ley Civil de Galicia, tendrán la condición de parejas de hecho las uniones de dos personas mayores de edad que convivan con vocación de permanencia en una relación de afectividad equivalente a la conyugal. Igualmente, deben estar ser inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia expresando su voluntad de equiparar sus efectos a los del matrimonio.
¿Puedo obtener una autorización de residencia en España si mi pareja de hecho es española?
Como ya te habíamos anticipado, la respuesta es: Sí. Entre los distintos derechos que se le reconocen a la pareja de hecho en el que uno de los contrayentes es extranjero y otro español, es la posibilidad de obtener una autorización de residencia en España. De este modo, el ciudadano extranjero pasa a ser considerado como familiar de un ciudadano de la Unión Europea y tendrá derecho a la residencia en España y a trabajar de forma legal en el país.
El requisito principal para obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE será demostrar la posesión de medios económicos suficientes por parte del ciudadano europeo/español. Puede ser justificado por ser trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena. De otra manera se tendrá que acreditar recursos propios que sean superiores al importe que cada año fija el Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva. En el año 2022, para una unidad familiar de 2 miembros, la cantidad considerada será la equivalente a unos 850 € mensuales.
¿Qué requisitos hay que cumplir para inscribirse como pareja de hecho?
Según la ley gallega, la constitución de la pareja de hecho sólo se entenderá efectuada a partir de su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia. Para ello, los requisitos son los siguientes:
- Ser mayores de edad.
- No tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado.
- Manifestar la voluntad de constitución de pareja de hecho.
- No estar ligados por matrimonio.
- No formar pareja de hecho debidamente formalizada con otra persona.
- No estar incapacitados judicialmente para regir su persona.
- Tener uno de los miembros de la pareja la vecindad civil gallega. Con carácter general, tendrán vecindad civil gallega los nacidos en Galicia o los nacidos en el resto del territorio español de padres que tengan la vecindad gallega. De otra manera, para optar a ella tendrán que esperar a una vez transcurridos dos años de residencia en Galicia.
- Acreditar el empadronamiento de los miembros de la pareja en el mismo domicilio de algún municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia. A diferencia de otras comunidades, en Galicia no es necesario acreditar un mínimo de tiempo empadronados.
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